Juicios Ganandos

PREGÚNTESE ESTA PREGUNTA

¿PORQUE ?
PORQUE NO COBRAMOS 
LOS BONOS DE PARTICIPACIÓN


SON LOS GANADORES 
SON LOS QUE FESTEJARON
¿PORQUE?
SON INOPERANTE PARA EL CARGO QUE TIENEN


 SI HAY JURISPRUDENCIA -PUBLICAMOS  JUICIO GANADOS - ESTOS SON LOS FIGURETTI QUE NOS REPRESENTARON 





jueves, 20 de febrero de 2014


BONOS de PARTICIPACIÓN en las GANANCIAS : Sentencia FIRME de $ 735.036,06.- por FALLOS FAVORABLES

Haciendo uso de los Fueros que mis representados me otorgaron; y habiendo confirmado LA SENTENCIA FIRME BONOS DE PARTICIPACION EN LAS GANANCIAS POR $ 735.036,06.- respecto de los Fallos de la Justicia Nacional detallados en el adjunto correspondiente, he iniciado la Acción detallada en el adjunto de referencia (ver iniciativa bonos FILIPUZZI) para que todos los empleados los cobren sin necesidad de hacer juicio alguno.

La acción legal fue entregada en mano a las autoridades CEPETEL y a toda la organización FATEL para que inicien acciones gremiales tendientes a que todos los empleados cobren los Bonos de participación en las ganancias sin necesidad de hacer juicio alguno. La iniciativa Bonos FILIPUZZI tiene fecha 18/12/2013. La Iniciativa Bonos FILIPUZZI se basa en el Art. 29 dela Ley 23.696/89.

La organización FATEL recibió la Iniciativa Bonos FILIPUZZI recogió el guante y el 14 de febrero del 2014 (ver adjunto Comunicado por Bonos FATEL) organizó un paro para el 6 de marzo del 2014. El objetivo del Paro es que la patronal pague los Bonos de Participación a las ganancias conforme al Art. 29 de Ley 23.696/89.
  
El objetivo de la misma es lograr que telefónica PAGUE los Bonos de Participación en las Ganancias que nos adeuda desde la década de los '90 y que PAGUE de ahora en más un monto en forma anual no inferior a 4 (cuatro) sueldos a todos los empleados de TELEFÓNICA, TELECOM, MOVISTAR (por ser de Telefónica) Y  PERSONAL (por ser de Telecom) estén o no afiliados/representados por gremio alguno.

Adjunto archivos Oficiales Telefónica Bolsa de Comercio (PARTE PRIMERA Y PARTE SEGUNDA) donde la patronal reconoce que tiene que pagar los Bonos de Participación en las Ganancias A TODOS SUS EMPLEADOS.

 El alma del Telegrama Colacionado Laboral que adjunto (Iniciativa Bonos FILIPUZZI) es que TASA PAGUE lo que debe sin necesidad que la Gente haga juicio; pero además es un IMPORTANTE DOCUMENTO para conservar en caso de tener que reclamar los BONOS DE PARTICIPACIÓN EN LAS GANANCIAS ya sea por inmediata necesidad ó por una futura desvinculación laboral . Las sumas que están en juego son muy altas y nos pertenecen por JUSTO RECLAMO.

Les paso el detalle de los Fallos que avala el justo reclamo para todos los empleados/empleadas que trabajan en Telefónica/Telecom/Movistar/Personal.
  
                             Gracias.
ING. PEDRO ALBERTO FILIPUZZI
                                                                                              DELEGADO GREMIAL CEPETEL

Link con el fallo millonario por Bonos de Participación en las Ganancias contra Telefónica de Argentina con sentencia firme

Link con el fallo que establece que es el 10% de las ganancias de las telefónicas lo que se debe tomar como norte para los fallos.

Les dejo el Link donde pueden apreciar la demanda por $630.000.- (monto que se duplica con los intereses devengados) ganada a telefónica en el juicio FILIPUZZI, VALMAGGIA Y OTROS C/TELEFÓNICA DE ARGENTINA 05-03-2010 CNAT SALA VIII - MATERIAL PRESENTADO EN EL 4TO. CONGRESO DE DERECHO LABORAL Y RELACIONES DEL TRABAJO





Resultado de imagen para GIF DE BARRA

Los empleados de las telefónicas ganan juicios y cobran $ 700 mil



Los trabajadores de Telefónica y Telecom que iniciaron demandas por la participación en las ganancias de esas empresas ganaron los juicios. Las sentencias los favorecieron con sumas que rondan los 700.000 pesos, en promedio por cada demandante.
Cuando se hizo el traspaso de la entonces compañía estatal de teléfonos Entel a los nuevos dueños privados Telefónica y Telecom se acordó con los flamantes concesionarios de los servicios de las dos regiones que los empleados cobrarían anualmente los bonos de participación en las ganancias de las compañías.
Pero la litigiosidad apareció tiempo después cuando mediante un decreto, el entonces presidente Carlos Menem limitó esa participación en las ganancias. Lo hizo a través de un decreto que establecía que fijando que “la Sociedad Licenciataria Norte SA (hoy Telecom Argentina -Stet France Telecom S.A.) y la Sociedad Licenciataria Sur S.A. (hoy Telefónica Argentina S.A.) no están obligadas a emitir bonos de participación en las ganancias para el personal”.
Ante esta situación que iba a contramano de los compromisos asumidos al momento de la privatización de los servicios de telefonía fija un conjunto de trabajadores impugnó ante la Justicia ese decreto firmado y Menem. Así fue que logró que en las distintas instancias el decreto fuese declarado inconstitucional, prosperando los reclamos tanto en el fuero laboral como en el civil.
En ámbitos de los gremios involucrados se estima que por esa acción hubo más de 400 trabajadores que ya lograron cobrar sumas que rondan entre los 600.000 pesos y los 800.000 pesos.
Ahora, desde Cepetel – la sigla que identifica al Centro de Profesionales de Empresas de Telecomunicaciones– se reclama que las empresas abonen esas sumas también a los trabajadores que no iniciaron juicio y que son acreedores a esos bonos de participación.
Adicionalmente, el Cepetel reclama que se asegure de ahora en más el pago de c uatro sueldos por año a cuenta de esa participación en las ganancias, según adelantó Pedro Filipuzzi, delegado de esa entidad ante una consulta de este diario referida al programa de propiedad participada.
https://www.clarin.com/empresas-y-negocios/empleados-telefonicas-ganan-juicios-cobran_0_HkpImA0qDXg.html



Resultado de imagen para GIF DE BARRA

17/03/14


Los empleados de las telefónicas ganan juicios

Los trabajadores de Telefónica y Telecom que iniciaron demandas por la participación en las ganancias de esas empresas ganaron los juicios.


Las sentencias los favorecieron con sumas que rondan los 700.000 pesos, en promedio por cada demandante.
Cuando se hizo el traspaso de la entonces compañía estatal de teléfonos Entel a los nuevos dueños privados Telefónica y Telecom se acordó con los flamantes concesionarios de los servicios de las dos regiones que los empleados cobrarían anualmente los bonos de participación en las ganancias de las compañías.
Pero la litigiosidad apareció tiempo después cuando mediante un decreto, el entonces presidente Carlos Menem limitó esa participación en las ganancias. Lo hizo a través de un decreto que establecía que fijando que "la Sociedad Licenciataria Norte SA (hoy Telecom Argentina -Stet France Telecom S.A.) y la Sociedad Licenciataria Sur S.A. (hoy Telefónica Argentina S.A.) no están obligadas a emitir bonos de participación en las ganancias para el personal".
Ante esta situación que iba a contramano de los compromisos asumidos al momento de la privatización de los servicios de telefonía fija un conjunto de trabajadores impugnó ante la Justicia ese decreto firmado y Menem. Así fue que logró que en las distintas instancias el decreto fuese declarado inconstitucional, prosperando los reclamos tanto en el fuero laboral como en el civil.
En ámbitos de los gremios involucrados se estima que por esa acción hubo más de 400 trabajadores que ya lograron cobrar sumas que rondan entre los 600.000 pesos y los 800.000 pesos.
Ahora, desde Cepetel - la sigla que identifica al Centro de Profesionales de Empresas de Telecomunicaciones- se reclama que las empresas abonen esas sumas también a los trabajadores que no iniciaron juicio y que son acreedores a esos bonos de participación.
Adicionalmente, el Cepetel reclama que se asegure de ahora en más el pago de c uatro sueldos por año a cuenta de esa participación en las ganancias, según adelantó Pedro Filipuzzi, delegado de esa entidad ante una consulta de este diario referida al programa de propiedad participada.


http://www.sinmordaza.com/noticia/224142-los-empleados-de-las-telefonicas-ganan-juicios.html



Resultado de imagen para GIF DE BARRA

13/08/08

Justicia ordena a Telefónica a hacer partícipe de sus ganancias a trabajadores
Así lo determinó la Corte Suprema, que reconoció el derecho de los trabajadores a participar en las ganancias de la empresa y que se les pague una indemnización retroactiva por ser privados del Programa, que incluye a 6 mil beneficiarios.
La Corte Suprema reconoció el derecho de los trabajadores de Telefónica de Argentina a participar en las ganancias de la empresa y a que se les pague retroactivamente una indemnización por haber sido privados del Programa de Propiedad Participada en las ganancias (PPP). 
Según el diario La Nación, el régimen de PPP, que implicaba la obligación de emitir y entregar a los trabajadores bonos de participación en las ganancias, había sido establecido por la ley 23.696, que abrió el proceso de privatización de las empresas de servicios públicos, pero luego fue dejado sin efecto por el decreto 395/92, que ayer la Corte declaró inconstitucional. 

La causa Gentini, en la que recayó el fallo del alto tribunal, fue promovida por 20 empleados, que actuaron con el patrocinio de la abogada Liliana Zavala y se inició en 1998. Hace dos meses, se realizó en la Corte una audiencia pública, en la que también actuó, en defensa de Telefónica SA, el constitucionalista Daniel Sabsay. 

Pero ésa es sólo una de las muchas demandas que ya están en la Corte a la espera de obtener idénticas sentencias que beneficiarán, por lo menos, a unos 6000 empleados de Telefónica SA y de Telecom SA. 

Voceros de la empresa dijeron que Telefónica aún no había sido notificada del fallo y que, por el momento, no habría declaraciones al respecto.

La decisión del alto tribunal lleva las firmas del presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti; Elena Highton de Nolasco; Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni. En disidencia votaron Enrique Petracchi y Carmen Argibay. 

Casi todos esos expedientes se tramitaron en la justicia civil y comercial federal. La causa Gentini lo hizo en el fuero laboral. 

En casi todos los casos, los jueces inferiores se pronunciaron en contra del reclamo indemnizatorio. Pero la Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal estableció que los empleados tienen el derecho a participar en el 2 por ciento de las utilidades anuales de la firma, según explica Zavala. 
La Corte, en su fallo de ayer, no adopta ese criterio y, en rigor, no toma ninguno. La determinación del monto indemnizatorio, dice el alto tribunal, quedará en manos de los jueces inferiores. 

Pero es previsible que la participación en las utilidades de las telefónicas involucra cifras considerablemente elevadas. 

La indemnización 

El máximo tribunal tan sólo fijó un único parámetro para ponderar cómo se distribuirá la carga de pagar dicha indemnización: los responsables de pagarla serán el Estado nacional y Telefónica y para ponderar el respectivo grado de responsabilidad deberán tener en cuenta dos factores: 

• Por un lado, el Poder Ejecutivo, si bien tenía la tarea de velar por la ejecución del régimen de PPP, dictó el decreto 392 y lo obstaculizó. 

• Por el otro, las normas previas a la licitación que dio lugar al concurso público que ganaron las telefónicas establecían "claramente" la obligación de las adjudicatarias de instrumentar el régimen de PPP. 

Debido a estas contradicciones legales, decenas de trabajadores iniciaron demandas por daños y perjuicios contra ambas operadoras y contra el Estado. 

El fallo de la Corte recuerda que el derecho de los trabajadores a participar en las ganancias de las empresas fue reconocido en la reforma constitucional de 1957 y, más allá de la discusión que siempre existió acerca de la vigencia de ese derecho, éste fue expresamente establecido en la ley 23.696, de la que nació un derecho subjetivo de los trabajadores de las privatizadas. 

La Corte señala que varios decretos reglamentarios hicieron especial previsión de la reserva del diez por ciento del capital de la ex Entel para asignarlo a la ejecución de ese régimen y también encontró referencias expresas a ese asunto en el pliego de Bases y Condiciones que precedió el concurso público en las que Telefónica y Telecom resultaron adjudicatarias. 

"La emisión de bonos de participación en las ganancias resultaba una consecuencia necesaria", dice la Corte, pero el decreto 392, al que la Corte consideró un decreto reglamentario -que no tuvo pretensión de ser un decreto delegado- violó el citado deber legal.



Resultado de imagen para GIF DE BARRA


la Corte Suprema ha dictado sentencia de acuerdo a la Ley y el Derecho. Queremos felicitar desde este humilde blog a los Doctores del estudio Spaventa y Spaventa Domenech, quienes han logrado este histórico fallo que va a revertir una corriente jurisprudencial equivocada, según nuestro punto de vista, con una defensa apasionada, como es digna de abogados que aman la profesión y la Justicia.

http://lapropiedadparticipada.blogspot.com.ar/


Resultado de imagen para GIF DE BARRA









No hay comentarios:

Publicar un comentario